El Real Decreto-Ley sobre acceso a la vivienda, no ha contado finalmente con el respaldo de la Cámara por lo que el texto legislativo aprobado por el Gobierno, y en vigor desde el día siguiente de su publicación en el BOE (19 de diciembre), queda derogado.
La citada norma, el Real Decreto-ley 21/2018, de 14 de diciembre, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler, que contemplaba una serie de medidas encaminadas a facilitar el acceso a la vivienda y fomentar la accesibilidad universal, había sido publicado en el BOE nº 304 de 18 de diciembre de 2018 (BOE-A-2018-17293) y después de su votación por el Pleno ha sido derogado, al recibir 103 votos a favor, 243 en contra y una abstención.
Afecta a los contratos que se firmen a partir de hoy 23/01/2019. Los que han firmado el contrato desde la entrada en vigor de la reforma, el 18 de diciembre, hasta el 22 de enero, se regirán por el texto de dicha reforma.
Aunque las partes podrán pactar la duración, los contratos volverán a tener una duración mínima de tres años.
El arrendador puede exigir más garantías.
Aunque no se especifique en el contrato, se podrán actualizar las rentas con el IPC.
También quedan sin efecto otras medidas respecto a las viviendas turísticas, y el trámite de las ejecuciones hipotecarias volverá a la situación anterior.
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