Efectos del Brexit: Protocolo de la DGT para la homologación de permisos de conducir extranjeros (canjes, renovación y sustitución de permisos del Reino Unido)

La Dirección General de Tráfico ha publicado en su web información y el procedimiento a seguir para poder canjear, renovar o sustituir los permisos de circulación de Reino Unido si finalmente tiene lugar el Brexit y dicho país deja de formar parte de la Unión Europea. Para ello es necesario que se presente la solicitud antes del 1 de noviembre de 2019.

Si llegado el momento tiene lugar el Brexit, los acuerdos en materia de tráfico en el marco de la UE dejarán de tener validez para los ciudadanos de Reino Unido ya que los permisos que provengan de dicho país sólo serán válidos para conducir en España durante los primeros 9 meses posteriores al Brexit, siempre que estén en vigor.

Por lo tanto, para seguir conduciendo en España, será necesario realizar un canje (homologación), renovación o sustitución de los permisos extranjeros por uno español equivalente.

Para ello deberá ser titular de un permiso de conducir en Reino Unido, tener la residencia habitual en España y presentar la solicitud antes del 1 de noviembre de 2019, de manera que con independencia de lo que suceda el 31 de octubre de 2019, se podrá tramitar el canje del permiso durante el plazo de 9 meses desde la fecha del Brexit.

LIÑARES ASESORES, GESTORES ADMINISTRATIVOS

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