La Dirección General de Tráfico ha clasificado a los vehículos en cuatro categorías en función de sus consumos y emisiones. Esta clasificación es la que se va a utilizar en adelante para determinar a qué vehículos alcanzan las diferentes restricciones que los diferentes protocolos en materia de circulación establecen.
Durante un tiempo, la DGT estuvo enviando las pegatinas adhesivas correspondientes a los propietarios de los vehículos. Actualmente estos envíos ya se han cumplimentado, por lo que si no ha recibido la pegatina correspondiente a su vehículo deberá adquirirla en las oficinas de correos, donde se venden a cinco euros. Gestores administrativos y determinados talleres también pueden facilitar la pegatina presentando junto con el DNI del propietario del vehículo el permiso de circulación de este.
0 (Cero) emisiones – Color azul: Vehículos eléctricos de batería (BEV), de autonomía extendida (REEV), hibridos enchufables (PHEV) con más de 40 km de autonomía eléctrica y vehículos de pila de combustible. Motos eléctricas o hibridas enchufables con más de 40 km de autonomía eléctrica.
ECO – Color mitad verde, mitad azul: Híbridos enchufables de menos de 40 km de autonomía eléctrica (PHEV), híbridos no enchufables (HEV), vehículos de gas natural (GNC/GNL) y vehículos de gas licuado de petróleo o Autogas (GLP). Motos eléctricas o híbridas enchufables con hasta 40 km de autonomía eléctrica
C – Color verde: Turismos y comerciales ligeros gasolina matriculados desde enero 2006 y diesel desde 2014, vehículos de más de 8 plazas, vehículos de transporte de mercancías matriculados desde 2014. Motos que cumplen normativa Euro 3 o Euro 4.
B – Amarillo: Turismos y comerciales ligeros gasolina matriculados a partir de enero del año 2000 y diesel a partir de 2006, vehículos gasolina o diesel de más de 8 plazas y de transporte de mercancías matriculados a partir de 2005. Motos Euro 2.
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